
Nadie creería que en pleno siglo XXI, a las mujeres se las discriminaría en el trabajo por querer ser madres. Pero lo cierto es que muchas mujeres son discriminadas, ya sea mediante «comentarios velados» o mobbing propiamente dicho. Según la Fundación Madrina, en España se producen 4.000 casos anuales de mobbing maternal.
Pero la discriminación también se da a la hora de buscar trabajo. Si la postulante a un puesto declara que quiere formar una familia, no conseguirá el empleo no importa lo capacitada que esté profesionalmente para el cargo.
En cualquier caso es conveniente conocer cuáles son tus derechos en caso de que estés embarazada o planees estarlo:
1. Baja compartida. La madre trabajadora tiene que tomar obligatoriamente 6 semanas de baja laboral tras el parto pero puede cederle al padre hasta 10 semanas si necesita reincorporarse rápido al trabajo. Estas semanas se pueden disfrutar a la vez de manera que la baja se acorta o de forma sucesiva (primero la madre y después el padre).
2. Baja maternal a tiempo parcial. Se pueden tomar las seis primeras semanas a tiempo completo y las restantes a tiempo parcial de manera que las 10 semanas restantes se transforman en 20 horas trabajando la mitad del tiempo.
3. Permiso de lactancia. Hasta que el bebé cumpla los 9 meses la madre o el padre puede ausentarse del trabajo por un lapso de una hora o dos medias horas durante la jornada laboral o reducirla a media hora. Según la ley se pueden acumular jornadas de lactancia completas; esto es, se añaden de 15 a 20 días de permiso maternal.
4. Reducción de jornada. Hasta la edad de 8 años del niño, el padre y la madre pueden reducir su jornada laboral entre un octavo y la mitad del tiempo, deduciéndose esto de su paga. Es necesario avisar al empleador con quince días de antelación o el tiempo que determine el convenio colectivo.
5. Baja por riesgo durante la lactancia. Si la madre trabaja en un sector contaminante, tiene derecho a cambiar su puesto de trabajo mientras esté dando el pecho. Si esto no es posible, se deberá dar de baja por 9 meses lo que supone el 100% de su cotización.
6. Excedencia. Si la situación es más difícil de lo previsto, la madre puede tomarse 3 años de excedencia. Durante el primer año se le reserva el puesto y para los dos años restantes se le reserva uno de la misma categoría.
Fuente
serpadres.com