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Desesperada

¿Qué es el testamento abierto?

18 noviembre, 2019

Todos manejamos el concepto general de la palabra testamento como el acto jurídico mediante el cual una persona expresa cual será el destino de sus bienes tras su muerte. Ahora bien, ¿sabes qué es el testamento abierto?; te contaremos todo lo que debes saber sobre este ámbito y las previsiones que debes tomar respecto al futuro.

Lo que debes saber sobre los testamentos

A través de este acto o declaración de voluntad, la persona que realiza el testamento puede prevenir lo que sucederá con sus posesiones luego de su muerte; por tratarse de un acto jurídico, es aconsejable la asesoría legal de un abogado; a fin de conocer todos los aspectos que influyen al momento de redactar un testamento.

Los testamentos son ampliamente recomendados debido a que pueden prevenir problemas familiares tras la muerte de un ser querido. En el ámbito legal se contempla el derecho de un sucesor a heredar bienes, derechos y obligaciones contempladas en un testamento o no; de acuerdo al tipo de herencia que se trate.

Tipos de herencia contempladas en un testamento

El objeto principal de un testamento es contemplar la herencia, es decir, los derechos, los bienes y las obligaciones o deudas del fallecido. La herencia puede ser clasificada de la siguiente manera:

  • Legítima: se refiere al derecho legal que poseen los que son considerados herederos forzosos; es decir, aquellos vinculados por línea descendente (hijos) o ascendente (padres) y el cónyuge. Este tipo de herencia no puede destinarse para otros fines, aun y cuando el testamento se declare nulo o exista una renuncia de los derechos adquiridos.
  • Testada: esta herencia se refiere a aquella declaración explícita realizada a través de un testamento; en el cual se indica el deseo de quienes serán herederos de un patrimonio, en qué proporción y bajo qué condiciones. Sin embargo, tal y como se indica en el ítem anterior, los herederos legítimos no pueden excluirse pese a esta declaración.
  • Intestada: es la herencia designada por ley en los casos que no se cuente con un testamento, que exprese la voluntad del fallecido. Este tipo de herencia debe realizarse respetando la herencia legítima; a través de la cual se define los herederos forzosos de acuerdo al grado de consanguinidad; y en caso de no existir heredero alguno, el Estado sería el heredero.
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Además de los herederos legítimos ya mencionados, existe una modalidad que puede contemplarse en un testamento; se le conoce como legatario, es decir, aquellas personas que podrán heredar algunos bienes en concreto de acuerdo a la voluntad del testador; pero que no tienen un derecho legal garantizado como en el caso de los herederos legítimos; más bien dependen de la voluntad expresada a través de un testamento; pudiendo anularse de forma legal.

Tipos de testamento

A continuación, presentamos la clasificación de los testamentos:

  • Testamento ológrafo: se refiere a aquel testamento redactado y escrito de puño y letra por el testador; en el cual indica el día, mes y año en que lo escribe y lo valida a través de su firma. La condición de este tipo de testamento para se considere legal, es que el testador sea mayor de edad.
  • Testamento cerrado: solo contempla la firma del testador como signo de que su voluntad se encuentra plasmada en un pliego anexo pero no se explica; es decir, se sabe de la existencia de un testamento pero se desconoce su contenido; el cual será revelado solo al fallecer el testador.
  • Testamento abierto: hace referencia a la expresión de voluntad de forma escrita pero también verbalmente ante un notario quien lo autoriza; aunque existen algunas excepciones que le dan validez aunque no se presente ante el notario, como las siguientes: que la vida del testador esté ante un peligro de muerte o que sufra una epidemia; en estos casos se declara el testamento ante testigos.

El testamento abierto es uno de los más utilizados y puede considerarse la mejor alternativa en caso de que la herencia a repartir sea excesivamente cuantiosa; o existan muchos herederos. Quien desee realizar este tipo de testamento debe acudir ante un notario y expresar su voluntad por escrito y oral en voz alta y entendible; aprobar con su voluntad con su firma y ante testigos.

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